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jueves, enero 29, 2009

Virgilio Mendoza, De Mal En Peor

Mire usted: el alcalde Manzanillo se dejó entrampar y para salir de la ratonera trató de hacer jugadas “geniales” que sólo a muy contadas personas se le podrían ocurrir. Ya le conté a usted de cuando intentó chantajear a los regidores priístas, a los panistas Roberto Barbosa y Miguel Salazar para que, a cambio de incluir en el orden del día de la siguiente sesión de cabildos la toma de protesta del regidor suplente del fallecido Alfredo Woodward Rojas.

Fue memorable aquella ocasión, porque el alcalde pedía que le firmaran una “carta-compromiso” para que la hiciera válida cuando la necesitara. La ingenuidad era del tamaño del mundo, pero sus asesores le hicieron creer que era la más grande idea jamás llevada a cabo.

Después, ya con la bronca encima de la recomendación que la Contaduría Mayor de Hacienda del congreso local hizo para que los diputados inhabiliten al alcalde y lo obliguen a resarcir los daños causados a la hacienda municipal, el alcalde recurrió a una nueva controversia, a la que dio entrada la Suprema Corte de Justicia y que, de nueva cuenta, los asesores y colaboradores del alcalde quisieron hacer creer que le daba el triunfo y la razón jurídica a su jefe. Nada más alejado de la realidad, porque celebraban que el fallo de la Corte, así lo dijeron, dejaba “a salvo” los derechos políticos del alcalde, mismos que jamás habían estado en riesgo y que sólo en las mentes calenturientas de sus colaboradores y asesores se veían en el abismo de la pérdida de sus derechos políticos. ¡Vaya, pues!

Hicieron mucho escándalo, comidas, corridas y paseos por los medios de comunicación para expresar que iban a vencer al demonio de Tasmania devenido en grupo parlamentario del PRI.

Pero, ¿qué resolvió la Suprema Corte? Esta pregunta tiene una respuesta sencilla y voy a reproducir aquí los párrafos más importantes de la resolución.

“Atendiendo a las características particulares del caso y a la naturaleza de los actos impugnados, procede conceder la suspensión solicitada, a fin de salvaguardar la materia del presente asunto, asegurando provisionalmente la situación jurídica, el derecho o el interés de la parte actora y evitar se le cause un daño irreparable, únicamente en cuanto a la ejecución de cualquier resolución que pueda dictarse con motivo de las responsabilidades advertidas en la revisión de la cuenta pública municipal que alude el decreto legislativo impugnado. (Las negritas son mías)

Lo anterior, sin perjuicio de que el Poder Legislativo del Estado de Colima o la Contaduría Mayor de Hacienda de dicho Poder local, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales puedan continuar con los procedimientos de responsabilidad que en derecho procedan derivados de la revisión de la cuenta pública, (de nueva cuenta, las negritas son mías)dado que esa atribución constituye una institución fundamental del orden jurídico mexicano en materia de responsabilidades de los servidores públicos, cuyas bases y principios que rigen en esa materia derivan del Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Por las razones expuestas, esta medida cautelar no impide que las autoridades demandadas ejerzan las atribuciones que la Constitución local y las leyes en la materia les conceden y, por ende, puedan determinar las sanciones correspondientes, pues de suspenderse los procedimientos relativos se afectarían instituciones jurídicas fundamentales del Estado Mexicano; por lo que la medida cautelar concedida se refiere sólo a la no ejecución de cualquier resolución o sanción que se llegue a dictar con motivo del resultado del proceso de revisión de la cuenta pública, en términos del decreto impugnado, hasta en tanto se resuelva en definitiva esta controversia constitucional. (Las negritas fueron por mi cuenta).

De esta manera, la Suprema Corte negó al ayuntamiento su petición de que ya no siguiera el procedimiento para sancionar a los funcionarios indiciados. Les dio palo en serio.

Como se puede constatar, la Suprema Corte dice que el congreso local puede seguir con el procedimiento normal en estos casos e, incluso, determinar el tipo de sanción que podría aplicársele al alcalde manzanillense, pero que dicha sanción sólo podrá ser aplicada una vez que la Suprema Corte resuelva el fondo de la controversia.

Así que ésta es una razón válida, muy válida, para que “los siete magníficos” se nieguen a darle licencia para que se separe del cargo de alcalde. Las responsabilidades deben afrontarse y no escudarse en subterfugios para evadir el cumplimiento de la ley.

Algo que se ha manejado sistemáticamente por el alcalde sus asesores y colaboradores, es que está siendo objeto de una persecución política debido a su alta rentabilidad electoral. El alcalde sabe que esta es una burda mentira, que jamás ha estado en el primer lugar de preferencia electoral en ninguna encuesta que hayan levantado priístas, panistas o cualesquiera otros partidos.

Virgilio Mendoza sabe que no encabeza las encuestas, ni las de ahora, ni las de hace uno o dos años. Por eso es tanta su necesidad de aparecer en los medios, de acudir a este y otro lugar para insistir en el hecho de que está siendo perseguido por ser panista.

Veamos los hechos: el presidente municipal dice que lo persiguen por ser panista y no por haber cometido violaciones diversas a las leyes que rigen la vida institucional del ayuntamiento y a las que está sujeto.

En cambio, él dio de baja a casi 30 empleados del ayuntamiento por el sólo hecho de ser simpatizantes de Nabor Ochoa o de Martha Meza y promovió la expulsión del PAN de Nabor Ochoa y de los regidores Miguel Salazar Abaroa y Roberto Barbosa. Estos son hechos, no especulaciones.

Ahora bien, negarle la licencia a Virgilio Mendoza es un acto responsable, porque obliga a quien cometió irregularidades a que se quede para solventarlas, para que sean juzgadas por el órgano responsable y tenga todo el tiempo y oportunidad para exponer lo que crea que le conviene o que demuestre que están equivocados quienes pretenden sancionar sus irregularidades, inconsistencias administrativas y conductas al margen de la ley.

El problema es mayor porque el alcalde y sus colaboradores han probado ser mentirosos y lo afirmo porque dicen falsedades a sabiendas de que lo son. El caso más reciente es el de la controversia municipal y el de que la suspensión dejó a salvo los derechos políticos del presidente municipal, los que nunca estuvieron en riesgo ni suspendidos, porque no había, ni ha, recibido ninguna sanción por parte del congreso. No todavía.

Pero más veremos y oiremos hablar de este asunto.

TRES COMENTARIOS AL MARGEN

1. En teoría, hoy se cerraría el registro de aspirantes a las diputaciones federales en el PAN, pero, el famoso pero, como no va a haber proceso interno, entonces, deberán esperar hasta la segunda quincena de febrero a que salga la convocatoria respectiva y el CEN panista acate la instrucción presidencial de designar a los candidatos a ese cargo.

Por ello, el alcalde de Manzanillo, Virgilio Mendoza, tiene todavía tres semanas para seguir en el juego de las sillas.

Por cierto, según me contó uno de los asistentes, a la fiesta de cumpleaños del alcalde, celebrada el sábado de la semana pasada, no asistió ninguno de los demás aspirantes, ninguno, ni siquiera el presidente del CDE, Fernando Antero, se hizo presente. Dicen también que el alcalde asó más de 45 minutos platicando a la entrada del local con la secretaría del ayuntamiento, Juan Carlos Gómez y la diputada Gabriela Sevilla, al tiempo que hacía muchas llamadas, pero que, al final, la cara era de desaliento e insatisfacción.

2. Al parecer, la señora senadora Martha Sosa de Rodríguez García, nacida en la primera mitad del siglo pasado, fue a Europa a una comisión del Senado.

3. Hacer enfadar a los bribones que no se pueden corregir también tiene una finalidad ética. Karl Kraus

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